
CONTENIDO DEL ANEXO INFORMATIVO DE DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sentencia No. 861/2020 de fecha 27 de febrero de 2020
Recurso No. 861/2020
El consentimiento del administrador o representante legal de la sociedad dado a la entrada y registro está condicionado a que se le informe sobre el derecho que le asiste a rehusar la entrada. El consentimiento se considera viciado cuando el Anexo Informativo de los derechos del contribuyente, entregado al inicio de acto de registro, se limita a informar, simplemente, el contenido de las potestades de la Inspección tributaria y reconocer el derecho del interesado a ser informado al inicio de las actuaciones de comprobación e investigación sobre la naturaleza y alcance de las mismas, pero no ofrece la información sobre el derecho que tiene el representante legal de la entidad de negarse a la entrada y registro.
La resolución original puede revisarse usando los datos suministrados, a través del siguiente link:
http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp