
EXENCIÓN POR TRABAJOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO (EXPATRIADOS)
- Para poder aplicar la exención por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, se requiere que el trabajador tenga la condición de contribuyente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el período impositivo correspondiente
- Se requiere el desplazamiento fuera de España, en el sentido de que los trabajos se efectúen realmente en el extranjero.
- No puede tratarse de trabajos realizados desde España
- El requisito del impuesto análogo en el país donde se efectúa el trabajo
- La renta puede estar sujeto pero exento en el país de la fuente
- No se necesita demostrar la existencia de un impuesto análogo, cuando existe un Convenio para Evitar la Doble Tributación
- Se aplica el régimen de exención de las dietas
- No hay límites para la duración del desplazamiento
- Caso de los trabajos prestados intragrupos
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