TRIBUTACIÓN CONJUNTA Y MÍNIMO POR DESCENDIENTES: PAREJA DE HECHO

TRIBUTACIÓN CONJUNTA Y MÍNIMO POR DESCENDIENTES: PAREJA DE HECHO

En el caso de una pareja de hecho que convive con su hija menor de edad, si uno de los padres tributa conjuntamente con la hija, dicho progenitor aplicaría íntegramente el mínimo por descendientes correspondiente a esa hija, y el otro progenitor no tiene derecho al mínimo al presentar la hija declaración, siempre que esta última tengan rentas superiores a 1.800 euros, aunque el mínimo por descendiente pueda distribuirse en partes iguales, entre los padres con los que conviva la descendiente, ya que la tributación conjunta y el mínimo por descendiente son dos instituciones distintas.

DGT -Consulta No. V2597-16 de fecha 13/06/2016

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