
CUSTODIA COMPARTIDA: COMPATIBILIDAD DEL MÍNIMO POR DESCENDIENTES Y DE LAS ANUALIDADES POR ALIMENTOS
Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso-Administrativo. STS N.º 1054/2026, de 23 de septiembre de 2026 (rec. 2595/2025).
En los supuestos de custodia compartida, los progenitores que paguen anualidades por alimentos en favor de los hijos por decisión judicial podrán aplicar en el mismo período impositivo el mínimo por descendientes (art. 58 LIRPF) y el régimen de los artículos 64 y 75 LIRPF, en función del tiempo de convivencia efectiva, de manera que ambos regímenes no se solapan. Con voto particular.
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